TÍTULO VIII
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS
d) Concurrir a las asambleas a que se les convoque, cooperar con las labores del sindicato interviniendo en los debates, cuando sea necesario y aceptar los cargos y comisiones que se les encomienden;
e) Cooperar personalmente en la realización de los fines del sindicato;
f) Firmar el registro de socios, proporcionando los datos correspondientes y comunicar al secretario los cambios de domicilio o las variaciones que se produzcan en sus datos personales o familiares que alteren las anotaciones de este registro.
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